HISTORIA

PRIVILEGIOS DEL FUERO

PRIVILEGIOS

Los habitantes del valle quedaban libres de todo pecho, tributo y empréstito, excepto cinco maravedíes por cada vecino al rey.

Les eximía de pagar portazgo de sus ganados, mercaderías, etc…., excepto en las ciudades de Toledo, Murcia y Sevilla.

Permitía el refugio y la defensa de los malhechores que llegaran a este valle, con el fin de favorecer la repoblación del mismo. (No quiere decir que no se les juzgara, sino que nadie podía venir de fuera a juzgarlos, Ojacastro tenía su propio Fuero y justicia para poder hacerlo. La Picota jurisdiccional de la plaza de Ojacastro recuerda aún estos fueros y los ajusticiamientos).

Asimismo, por el Fuero de 1200 otorgado por los Reyes de Castilla a los habitantes de Ojacastro, estos podían seguir utilizando la lengua vasca en las Instituciones castellanas.

  • COMPARTE:
Ayuntamiento de Ojacastro
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. Para ello utilizamos Google Analytics, una herramienta facilitada por la empresa Google que nos permite obtener información sobre los usuarios que visitan nuestra página web, cómo estos usuarios llegan en nuestra web, cómo interactúan con la web, qué apartados visitan, etc. Para conocer más sobre que tipo de cookies utiliza Google y su modo de empleo puede consultar este enlace.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Consulta aquí nuestra política completa de cookies en este sitio.